La industria musical y la «piratería»
Por este artículo publicado en La Voz de Galicia, me he enterado que el Tribunal Supremo estadounidense ha denegado a la RIAA (Recording Industry Association of America) su apelación para que Verizon, un proveedor de acceso a internet, le entregase los datos de uno de sus clientes, que son necesarios para que que pueda presentar demandarlo. Exactamente el Tribunal Supremo responde negativamente a la cuestión planteada de si la DMCA (Digital Millenium Copyright Act) permite la presentación de una denuncia para que un proveedor de internet proporcione los datos de un supuesto infractor de los derechos de autor. Por lo que parece esto finaliza el caso (más información sobre el caso aquí).
Todo el problema de la «piratería» es que la industria estadounidense (lo que en un mundo global es la industria mundial) tiene la idea de que toda desgarga, toda copia, es un robo. Todo eso porque sus ventas han disminuido en los últimos años. Tienen que encontrar una causa y ésta no es otra que internet. Bien, si no saben vender sus productos es su problema, pero empieza a ser nuestro cuando pretenden cambiar las leyes porque su negocio va mal.
La percepción de la industria tiene dos errores: de concepto y de cálculo. Ni la descarga es un robo (además de que robo no es hurto), ni una copia es una venta perdida. Los daños por una descarga de una canción, no de un disco, están fijados en Estados Unidos por la ley, en 150000 dólares por cualquier infracción deliberada de derechos de autor. Con una media de quince canciones por cd, la multa es de más de dos millones de dólares (uno millón ochocientos en euros) por descargar un cd de internet.
Lo que las discográficas quieren hacernos creer es que su modelo de negocio es el cuento de la lechera, montando castillos en el aire. Por eso, afirmaciones como la del artículo, según la que el intercambio de música y cine por internet hace perder a la industria unos doscientos cincuenta mil millones de dólares de media (supongamos que al año) tiene la misma lógica que pensar que cualquier negocio sufre unas pérdidas del 100% por no doblar los precios de sus productos. La pérdida es ficticia, porque sólo un ingenuo podría pensar que esas descargas son pérdidas. Los cálculos fallan porque hay otros factores que considerar en la bajada de las ventas, no la descarga por internet, como muestra Lawrence Lessig en el capítulo 5 de su libro Free Culture (que puede descargarse en inglés aquí y en español aquí). Hay un estudio económico independiente realizado por dos profesores de economía estadounidenses, que analiza los datos del impacto del intercambio de música en las ventas de cds. Está disponible aquí y que en sus conclusiones afirma que en el peor de los casos, el intercambio de música podría explicar sólo una parte minúscula de la bajada de ventas (recomiendo la lectura de las conclusiones del estudio).
La industria discográfica podrá decir lo que quiera, pero Napster le ha enseñado lo siguiente:
El modelo tradicional de venta de contenidos está obsoleto (al menos en parte).
Se pueden ganar millones sin vender una sola canción.
Internet es un medio de distribución de contenidos que no puede compararse a nada.
La industria no estaría afrontando esta situación si hubiesen sido ellas las pioneras en la distribución de música por internet.
Ahora, la industria de contenidos no sólo no se quiere dar cuenta de que el intercambio de archivos no es su problema, sino otro. Además hará todo lo que esté en su mano, que es mucho más de lo que nos imaginamos, no hay más que contemplar los cambios legales en Estados Unidos y España. Ahora, esto no es novedoso. Siempre que el desarrollo tecnológico cambia el mercado cultural, los negocios ya asentados han tratado de impedir el surgimiento de nuevos negocios, pasó con la aparición de los discos de vinilo, con la aparición de la radio, con el vídeo doméstico. En todos esos casos, fue esencial no dar el control sobre las nuevas posibilidades de negocio a los antiguos vendedores, porque habrían ahogado esas invenciones.
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