La sombra de Elvis es alargada
Gracias a un anuncio de la bitácora de The Public Domain Enhancement Act me acabo de enterar de que la mayoría de las canciones de Elvis están a punto de pasar al dominio público en Europa. Eso se debe a que en Europa, las grabaciones sonoras se consideran como representaciones y gozan de una protección de 50 años (la composición original de la canción goza de setenta años después de la muerte del autor).
Todo esto sería una gran noticia para el dominio público, pero la industria fonográfica (IFPI) está presionando a la UE para que las grabaciones sonoras gocen de la misma protección que las composiciones. Como puede verse es un intento claro y abierto de proteger los intereses comunes (a la industria discográfica).
Si los derechos de autor cada vez parecen más un mar sin orillas, y parece que algunos quieren hacer absoluta la fórmula de «todos los derechos reservados», lo que no es lógico que los diferentes derechos gocen de la misma protección, que es ya excesivo.
Además existe un «daño colateral», como pone de relieve el caso Kahle v. Ashcroft. No se trata de las obras que son comercialmente rentables, sino de las que no lo son. Gracias a la legislación vigente, la protección se otorga por el período máximo sin necesidad de renovación (tampoco existe necesidad de que la inscripción en un registro, ni la inclusión de una nota de derechos de autor).
Que no sea necesaria una renovación de los derechos de autor de las obras es algo nefasto por dos motivos. El primer motivo es que lo que consigue la ley en esos casos no es proteger una obra, porque ya ha dejado de tener valor comercial, sino sólo impedir su inclusión en el dominio público. La segunda es que las obras que no tienen valor comercial desaparecen del mercado y no está asegurado que llegue a haber ejemplares disponibles cuando entren en el dominio público. No es sólo que las películas están en soportes que se degradan con el paso del tiempo, sino que los períodos de protección tan largos para obras sin valor comercial pueden lograr que esas obras desaparezcan de nuestra tradición cultural.
Lo más grave de este asunto es que la gran mayoría de las obras que todavía están bajo derechos de autor han dejado de tener valor comercial (vivimos en un mercado cultural «de novedades»). Para muchas de estas obras, la protección legal será una sentencia segura de muerte.
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