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11.12.05

El precio de no ser culpable

En Estados Unidos, la RIAA (que no deja de ser la representación institucional del cartel de la música, formado principalmente por los cuatro grandes: Sony BMG, Vivendi Universal, Warner Music y EMI) se dedica a demandar a los particulares que se descargan música por internet. Independientemente de que en Estados Unidos no exista el derecho de copia privada recogido como tal en la ley, y que las copias domésticas que autoriza su legislación sólo pueden ser analógicas, no digitales (con lo que la copia doméstica tiene los días contados), me parece que es importante no perder el sentido de la proporcionalidad que se aplica al delito o infracción que se hayan podido cometer.

Uno de los diecisiete mil casos que están en los tribunales en Estados Unidos es el de Patricia Santangelo, una newyorkina de 42 años y que tiene que educar ella sola a sus cinco hijos, ha sido la primerar persona que ha rechazado un acuerdo extrajudicial y se ha atrevido a ir a los tribunales. No hace falta saber mucho, pero entiendo que Santangelo lo habrá hecho por un mínimo sentido de justicia, por mucho que sus abogados la hayan asistido sin cobrarle los honorarios, fundamentalmente porque sabe que no ha hecho lo que le imputan en la demanda.

Antes de ir a juicio, su abogado ha solicitado al juez que desestime el caso, aludiendo que no tiene fundamentación jurídica suficiente. A lo que el juez se ha negado (copia de la decisión judicial), con lo que Santangelo y cualquiera tendrán que luchar durante meses, sino durante años, con los costes que una parte muy pequeña de la población puede asumir (no así la RIAA). Si está resolución la aplican más jueces, la RIAA ya no sólo no tendrán que demostrar daños (puesto que la legislación estadounidense establece ciento cincuenta mil dólares por cada infracción deliberada de derechos de autor), sino que sus demandas tendrán el fundamento jurídico suficiente para tener que luchar por un veredicto final (lo que es contrario a un mínimo sentido de la justicia).

Pero la cosa no acaba ahí. Santangelo ha tenido que asumir su propia defensa, después de llegar a un acuerdo con su abogado. El motivo es muy simple, y con eso juega el demandante, si el caso tiene una duración ilimitada, muy pocos despachos de abogados pueden asumir los honorarios gratuitos de la defensa. Por tanto, Patricia Santangelo tiene que defenderse a sí misma, algo que puede hacerse en Estados Unidos, pero creo que no en España (porque es necesario estar colegiado).

Incluso dejando a un lado el hecho de que las cuatro grandes discográficas usen la ley para extorsionar, y que tenemos que cambiar la regulación de lo que llamamos derechos de autor (no es sólo que los daños estén fijados por ley y no mostrados por la acusación), hay un punto de locura en tanto darle vueltas a los titulares de los derechos y su reserva total de éstos. Es la presunción de inocencia, que es un principio básico de cualquier sistema legal. No puede ser que lo que haya que mostrar sea la no culpabilidad y además se consiga seguro la ruina económica, independientemente del éxito judicial.