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3.8.06

Consejos para niños (¿o cuentos chinos?)

Viendo el sitio del Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, me he encontrado con unos Consejos para pequeños internautas. No sé si todos son acertados, pero desde luego el último me cuesta realmente entenderlo:

No te descargues películas ni música. Aunque conozcas amigos que lo hacen, estarás cometiendo un delito, además, a través de esas páginas pueden dañar tu ordenador.

Me quedo con lo de «estarás cometiendo un delito», porque quizá para los que no somos tan niños, nos cuesta más créernoslo. Y es grave que las integrantes de la seguridad del Estado tengan un conocimiento tan precario de la ley. El supuesto delito está en el artículo 270 del Código Penal:

Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

Incluso aunque la última reforma de la Ley de Propiedad Intelectual redefina la comunicación pública y pueda ampliar el alcance de este delito, descargar obras protegidas por derechos de autor sin la autorización de los titulares de los derechos no puede ser delito si no existe ánimo de lucro (y habría que demostrar el perjuicio de tercero).

La reforma de la ley aludida redacta de nuevo el artículo 31 sobre la copia privada de una manera tan particular a mi modo de ver, que exige que ésta sólo se pueda realizar «a partir de obras a las que haya accedido legalmente». ¿Qué es exactamente eso? Está mal redactado, porque es ambiguo. Pero esa ambigüedad es intencionada para poder afirmar que las descargas de archivos en internet sin la autorización de los titulares de derechos constituye una infracción. El modo de lograrlo me parece discutible. Pero en todo caso no es un delito. Si es una infracción, por descargar obras intelectuales sin autorización de sus titulares puede que haya que llegar incluso a pagar multas, pero no puede haber penas de cárcel.

Además, cada vez más autores y editores que distribuyen gratuitamente sus obras en internet, con lo que la descarga de esas obras de ningún modo es ilegal. Conviene no contar cuentos a los niños, porque son pequeños, pero no son tontos.